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28 feb 2010

Una cláusula rescata de prisión a indígenas

Ciudad de México, DF., (Excélsior).- Como si se tratara de armas, drogas o explosivos, los vendedores de maderas deben contar con un permiso de la Procuraduría General de la República (PGR) para comercializar troncos y no pueden exceder la cantidad permitida por la ley.

Eso lo sabían Miguel Pérez y Cayetano y Candelario, sus hijos, una familia tarahumara. Aún así decidieron llevar cinco metros cúbicos (“rollo”) de madera de pino para venderlos al aserradero, cuando la PGR puso el límite de transportar un máximo de cuatro metros cúbicos por viaje.

Llevaban los troncos camino a Maguarichi, Chihuahua, cuando a las dos de la mañana unos agentes les salieron al paso y los llevaron ante el Ministerio Público.

Al declarar aceptaron que violaron la ley, merecían un castigo de dos años de prisión. Pero el Código Penal incluye una cláusula que los libró de su delito: “Cuando el sujeto sea campesino, no se aplicará pena alguna”.

Por la cantidad que transportaban, los Pérez pusieron en “peligro inminente a los recursos forestales, los recursos naturales, la flora, la fauna, los ecosistemas, la preservación del equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente”, según el expediente de la causa penal 149/2006 del Instituto Federal de Defensoría Pública, en manos de Excélsior.

Mano Dura

En 2007, una declaración del presidente Felipe Calderón hizo eco en la casa de los Pérez, en Bocoyna, a unos 240 kilómetros de Chihuahua: “Habrá mano dura contra los talamontes”.

A pesar de la advertencia, esta familia no sobrevive con más de mil 800 pesos al mes.

Miguel, Candelario y Cayetano salieron a las dos de la mañana, camino al aserradero con unos siete metros cúbicos de madera de pino, aproximadamente la capacidad del contenedor de un tráiler.

La medida permitida por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) es menor a cuatro metros cúbicos.

Iban pasando a esa hora cuando los agentes de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) les hicieron “la inspección ocular de rutina”.

Según el artículo 419 del Código Penal federal, la familia Pérez era culpable de cometer “un peligro inminente contra los recursos forestales, los recursos naturales, la flora, la fauna, los ecosistemas, la preservación del equilibrio ecológico”.

Confiando en sus cálculos, inmediatamente, consignaron a Miguel, Candelario, de 23 años, y Cayetano, de 25.
Pero la decisión del juez fue de liberarlos bajo caución, debido a que la sentencia para delitos no fue grave. Fue entonces que intervino el defensor de oficio, para buscar la libertad plena.

Mientras corrían los tres días que duran los procesos penales, no se supo nada del patrón. En el expediente número 149/2006 no aparecen declaraciones de José Luis Sáenz, quien recibiría los troncos.

“Yo sabía que era delito”

Según el reporte La destrucción de México, de la asociación ambiental Greenpeace, cada año se destruyen 600 mil hectáreas de bosques y selvas del territorio nacional, el equivalente a cuatro veces la superficie de la Ciudad de México.

En su declaración, los tres aseguraron que sabían que era delito transportar la madera sin permiso. Así se convirtieron en confesos. Les esperaban dos años en la cárcel.

En el mismo Código Penal en el que está el argumento para encarcelarlos, también está el artículo que los sacaría de prisión:

“No se aplicará pena alguna (…) para la transportación de leña o madera muerta cuando el sujeto activo sea campesino y realice la actividad con fines de uso o consumo doméstico dentro de su comunidad”, precisa el artículo 423.

La tarea del abogado se redujo a demostrar con un peritaje que efectivamente los Pérez son campesinos.

Así quedaron libres los tarahumaras de la sierra norteña. Los troncos no llegaron a su destino, pero los Pérez sí volvieron a Bocoyna.

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