México, DF., (Cambio de Michoacán).- En México sólo cinco estados se han ocupado en legislar en materia indígena, no obstante que el artículo segundo de la Constitución Federal remite a las constituciones y leyes de las entidades federativas el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas.
Debido a lo anterior la Cámara Baja del Congreso de la Unión, turnó al Congreso michoacano un exhorto para que, haciendo uso de las facultades que tiene, legisle en materia indígena.
Actualmente la población indígena en México asciende a 13 millones de personas que representan el 12 por ciento de la población y se identifican con 62 pueblos indígenas.
La intención de los legisladores federales es que se armonice la legislación estatal con lo que establecen el artículo segundo de la Constitución Política de México, la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como la Declaración de Naciones Unidas en la materia y, el Convenio 169 de la OIT.
Michoacán se encuentra entre la mayoría de los estados que sólo han adecuado su marco constitucional local al de las reformas de los artículos primero y segundo de la Constitución Federal. Se encuentra también entre la mayoría de entidades que faltan de emitir su propia Ley reglamentaria en materia indígena, la cual a juicio de los diputados federales es indispensable para hacer efectiva la aplicación y exigibilidad de los derechos por parte de l9os pueblos y las comunidades indígenas.
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